Aborto legal: las claves del proyecto que el gobierno envió al Congreso
18 de noviembre del 2020

Al igual que el proyecto de ley presentado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito que obtuvo media sanción en 2018, el texto enviado este martes por el Ejecutivo garantiza el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14 inclusive.
Fuera de este plazo se contemplará sólo si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente; en los casos de niñas menores de 13 años, la declaración jurada no será requerida; si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
En tanto, establece que se debe garantizar el acceso a la IVE en un plazo máximo de 10 días. Como así también el trato digno, sin violencia, la privacidad y la confidencialidad del paciente. Se le deberá proteger de injerencias de terceros, respetar su autonomía, la calidad en la atención pública y acceso a la información. Abarca métodos de interrupción del embarazo, los alcances y consecuencias de la práctica.
Niñas y adolescentes
En el caso de las menores de 13 años, se requerirá «su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal». En el caso de las menores de entre 13 y 16 años, el texto establece que «si no corriese riesgo su vida se les considera aptos y con madurez suficiente para decidir sobre la práctica».
Objeción de conciencia
Por otro lado, el proyecto menciona que el personal de salud no podrá negarse a la realización del proceso si existiere riesgo de vida o salud de la persona gestante y no podrá negarse a dar atención post aborto. En este sentido, detalla que el incumplimiento dará lugar a sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.
Sin embargo, establece que el personal de salud «tiene derecho» a mantener su decisión en todos los ámbitos en que ejerza su profesión; derivar «de buena fe» a la paciente para que sea atendida por otro profesional «sin dilaciones»; adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica y cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas.
Programa Médico Obligatorio (PMO)
El texto establece que las obras sociales, sistemas de salud y prepagas deberán cubrir el proceso de forma integral junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo. Es decir, deberán garantizar la práctica de manera gratuita y obligatoria.
Despenalización
Finalmente, el proyecto determina una sustitución del artículo 86 del Código Penal y establece que “no es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce (14), inclusive, del proceso gestacional”.
Fuente:Rosarioplus.com